La Comisión Europea dio a conocer las primeras convocatorias de propuestas en el marco del Programa Europa Digital.
Las convocatorias están abiertas a empresas y organizaciones de los Estados miembros de la UE, así como a entidades de otros países asociadas al programa. Estas ayudas se destinarán a una inversión de más de 415 millones de euros en infraestructuras en la nube, data spaces, Inteligencia Artificial, infraestructura de comunicación cuántica y en proyectos que promueven un Internet más seguro.

Si has desarrollado una Inteligencia Artificial te recomendamos las siguientes áreas legales para su protección y evitar posibles sanciones.
¿Se encuentra regulada la Inteligencia Artificial en la UE?
La UE publicó el 21 de abril de 2021 la propuesta de “Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de Inteligencia Artificial (ley de inteligencia artificial) y se modifican determinados actos legislativos de la unión”, por el cual se propone entre otros muchos temas, prohibir sistemas de Inteligencia Artificial que se consideren una clara amenaza para la seguridad y los derechos de las personas.
Asimismo, establece una escala de cuatro niveles de riesgo, siendo alto riesgo los empleados en infraestructuras críticas o utilizando mecanismos biométricos entre otros. Estos sistemas estarán sujetos a obligaciones antes de comercializarse como aportar documentación detallada con toda la información necesaria sobre el sistema y su finalidad. También será necesario aportar información clara y adecuada al usuario sobre su aplicación y finalidad.
La propuesta de Reglamento también regula los sistemas de riesgo medio/limitado y riesgo mínimo o nulo donde el proyecto de Reglamento no interviene.
Contiene además disposiciones dedicadas a las sanciones las cuales ascienden hasta los 30 M€ (mayores que las del RGPD).
El Parlamento Europeo también aprobó el 20 de octubre de 2020 tres informes que estudian cómo regular la inteligencia artificial para impulsar la innovación, el respeto de estándares éticos y la confianza en la tecnología. En él instaban a la Comisión Europea a diseñar un nuevo marco jurídico que desarrolle las obligaciones jurídicas ligadas al la inteligencia artificial en la UE.
Aunque todavía no existe marco legal de la Inteligencia Artificial que sea de aplicación directa, la UE está trabajando a marchas forzadas y se prevé que para 2022 se empiece a implementar este tipo de regulaciones. Recomendamos establecer una estrategia legal previa que pueda determinar cuáles son los riesgos regulatorios futuros que pueden afectar a la aplicación o software.
¿Cómo puedo proteger la Inteligencia Artificial desarrollada?
Las directrices de la European Patent Office sobre Inteligencia Artificial establecen una distinción entre la Inteligencia artificial que se basa en el aprendizaje automático y mediante modelos computacionales y algoritmos de clasificación, no pudiendo ser patentada, y la Inteligencia Artificial que puede tener aplicación directa en diversos campos de la tecnología y, por tanto, patentable, por ejemplo, el uso de una red neuronal en un aparato de monitorización del corazón con el fin de identificar latidos irregulares supone una contribución técnica.

En caso de que la Inteligencia Artificial desarrollada se trata de un software sin efecto técnico, este puede ser registrado en el Registro de la Propiedad Intelectual. También debe valorarse la posibilidad de protección a través de la Ley de Secretos Empresariales, aprobada en febrero de 2019.
Por tanto, el régimen jurídico actual de propiedad intelectual e industrial sigue siendo aplicable para aquellas creaciones humanas en las que haya participado la IA, siendo el autor el titular de los derechos. Las propuestas del Parlamento Europeo recogen por primera vez la idea de proteger las creaciones generadas por IA fomentando así la seguridad jurídica.
¿Pueden aplicar las regulaciones del Reglamento de Protección de Datos a la Inteligencia Artificial?
El Parlamento Europeo lanzó el estudio “The impact of the General Data Protection Regulation on artificial intelligence” donde aborda la relación entre el RGPD y los avances en IA.
https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/STUD/2020/641530/EPRS_STU(2020)641530_EN.pdf
El estudio resalta que aunque la Inteligencia Artificial no se menciona explícitamente en el RGPD, muchas disposiciones son relevantes, y se ven de hecho cuestionadas por las nuevas formas de tratamiento de datos personales que permite la Inteligencia Artificial. Por ejemplo, el requisito de la limitación de la finalidad puede entenderse de manera compatible con la IA y el big data, a través de una aplicación de la idea de compatibilidad, que permite la reutilización de los datos personales cuando esta no es incompatible con los fines para los que se recogieron originalmente los datos.
Un segundo ejemplo es como la elaboración de perfiles está en principio prohibido, pero existen amplias excepciones (contrato, ley o consentimiento) que podrían encuadrarse en un desarrollo de Inteligencia Artificial. En general, el RGPD proporciona indicaciones significativas para la protección de datos en el contexto de las aplicaciones de la Inteligencia Artificial.
El estudio establece que debe ser obligación del responsable del tratamiento especificar el contenido y proporcionar información (y los correspondientes derechos del interesado) sobre la “lógica” de un sistema de Inteligencia Artificial, con ejemplos adecuados.
En sus conclusiones, esta guía establece que el RGPD puede interpretarse y aplicarse de manera que no obstaculice sustancialmente la aplicación de la Inteligencia Artificial a los datos personales, y que no coloque a las empresas de la UE en desventaja con respecto a competidores no europeos y que en aquellas situaciones donde no pueda darse de manera clara una interpretación del RGPD las autoridades de protección de datos.
Es importante valorar las aplicaciones de la Inteligencia Artificial y hacer un estudio pormenorizado sobre cómo deben cumplir con el RGPD evitando las amplias sanciones que pueden interponerse contra empresas y particulares.
Conclusiones sobre el marco legal de la Inteligencia Artificial
En definitiva, la UE ha decidido invertir en el futuro de Europa. Con tecnologías disruptivas como Big Data, Inteligencia Artificial, Blockchain, Internet of Things, Realidad Virtual, Smart Cities y Ciberseguridad, creando oportunidades para una economía verde con la innovación digital en su núcleo.
En los próximos meses verán la luz nuevas normativas que regularán su uso en Europa, por ello es importante contar con el asesoramiento legal adecuado que permita continuar su uso evitando posibles sanciones.